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iniciativa legal

Senado da luz verde a proyecto de Ley que otorga tutela laboral a funcionarios públicos

agosto 19, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

La iniciativa establece que los trabajadores del sector público y los municipales podrán acceder a este instrumento.

En condiciones de ser promulgado como ley quedó el proyecto relativo al ámbito de aplicación del procedimiento de tutela laboral. Esto, luego que la Sala del Senado respaldara con 29 votos a favor y 8 abstenciones, los cambios realizados por la Cámara Baja.

La mayor parte de los legisladores apoyó la iniciativa haciendo ver la confusión que se generó en tribunales respecto a si los funcionarios públicos tienen derecho a tutela laboral. En ese marco se abordó la opinión que emitió a tal efecto, el Tribunal Constitucional (TC).

Asimismo, diversos senadores hicieron presente también que “es poco claro considerar a los funcionarios públicos como tales, en algunas materias y en otras no”. Además se consignó que este proyecto implicaría gasto público, de allí que sería materia exclusiva del Ejecutivo.

El proyecto de ley, iniciado en mociones de los senadores Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ximena Rincón, Juan Ignacio Latorre y Juan Pablo Letelier (Boletín N° 12322-13); de los senadores Isabel Allende, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Juan Ignacio Latorre y Juan Pablo Letelier (Boletín N° 12327-13) y de los senadores Juan Pablo Letelier, Isabel Allende, Alfonso De Urresti, Felipe Harboe y Ricardo Lagos (Boletín N° 9476-13), tiene por objeto incorporar a las relaciones laborales del sector público, el procedimiento de tutela laboral, permitiéndoles a estos trabajadores la legítima defensa de los actos provenientes de dicha relación y que vulneren sus derechos fundamentales.

La iniciativa precisa que «el procedimiento de tutela laboral beneficia a todos los trabajadores, incluidos los funcionarios de la Administración Pública, del Congreso Nacional, del Poder Judicial, de las empresas públicas; igualmente a los trabajadores del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional, del Servicio Electoral, de la Contraloría General de la República y del Banco Central; y a aquellos que sus propias leyes declaren como autónomos.

Asimismo, modifica el Código del Trabajo en cuanto a esclarecer el ámbito de actuación de la Dirección del Trabajo en materia de tutela laboral y clarifica el pago de la indemnización para trabajadores del sector público en caso de acogerse a la denuncia por esta razón.

Finalmente, precisa que «si el juez declara que el despido de funcionarios de la Administración del estado es discriminatorio y además ello fuera calificado como grave, el trabajador podría optar entre la indemnización que corresponda o bien su reincorporación al cargo».

El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Juan Pablo Letelier resumió las ideas matrices explicando que “hay una discusión respecto a quiénes pueden acogerse a la tutela laboral. Entendemos que los trabajadores del sector público y los municipales deberían acceder a este instrumento. Queremos que estos funcionarios tengan la posibilidad de defender sus derechos”.

Por su parte, durante la votación, la senadora Yasna Provoste dejó constancia de su inhabilitación. Senador Carlos Bianchi, a su vez, indicó: “Este proyecto interpretativo de la ley nos permite aclarar lo que ocurre. La Corte Suprema dictó que sí le es aplicable a los funcionarios públicos la tutela laboral. El TC había dicho lo contrario. Los cambios de los diputados dicen relación con la incorporación de instituciones y la decisión del trabajador en el caso de un despido”.

Mientras que el senador Juan Pablo Letelier dijo: “Los trabajadores del sector público tienen normas especiales, pero en cuanto a la tutela, sí se los considera. Los cambios que hizo la Cámara Baja nos parece adecuados, por ejemplo el hecho que en el caso de despido, los trabajadores puedan decidir si volver a su labor o recibir la indeminización corrspondiente”.

A su turno, el senador Alejandro Guillier sostuvo: “Apoyo este cambio legal. Muchos funcionarios veían fallos de distintas cortes de justicia, en cuanto a la tutela laboral. Eso generó una confusión. El TC dijo lo contrario, pero finalmente se aclaró el principio básico de la declaración de derechos humanos”.

Senador Álvaro Elizalde, en tanto, manifestó: «Esta iniciativa contribuye a resolver por vía legislativa algo que ya estaba claro desde el punto de vista judicial, conforme a los sucesivos fallos de la Corte Suprema, pero que había sido puesto en entredicho por las resoluciones y sentencias del TC».

Publicado en: Notas, Politica Etiquetado como: Código del Trabajo, Dirección del Trabajo, funcionarios públicos, iniciativa legal, oposición, parlamentaarios, Senado, Tutela

Aprueban excluir de beneficios a condenados por delitos sexuales contra menores

agosto 17, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

La Comisión de Constitución aprobó, con la unanimidad de once votos a favor, la idea de legislar del proyecto de ley que excluye de los beneficios regulados en la ley N° 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la buena conducta, a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad.

Así lo confirmó el presidente de esta instancia, el diputado Matías Walker (DC), quien explicó que la norma establece, en su artículo 17, un listado de límites a la aplicación de la rebaja de condena en determinadas circunstancias.

“Este catálogo de limitaciones contiene razones asociadas a la penalidad del delito cometido, así como el hecho de presentar antecedentes negativos calificados (quebrantamiento de condena, delinquir durante la condena, etc.). de esta manera, por ejemplo, establece que las personas condenadas por delitos cuya sanción aplicada es la de presidio perpetuo, no pueden optar al beneficio de rebaja de condena”, indicó.

Actualmente, los delitos de carácter sexual contra menores de edad, no tienen asociada, en abstracto, la pena de presidio perpetuo. En ese sentido, para este tipo de reos solo procedería restringir el acceso a la rebaja de pena si se presenta alguna de las otras causales de exclusión.

En ese marco, el proyecto incorpora en el catálogo de excepciones los crímenes cometidos contra la libertad e indemnidad sexual de personas menores de edad. De esta forma, no podrían acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes crímenes tipificados en el Código Penal:

1-Trato cruel, inhumano o degradante con violación o abuso sexual agravado (art. 150 E en relación a los artículos 361, 362, 365 bis).

2-Violación (art. 361).

3-Violación de persona menor de 14 años (art. 362).

4-Estupro (art. 363).

5-Abuso sexual agravado (art. 365 bis).

6-Abuso sexual de persona menor de 14 años (art. 366 bis).

7-Trata calificada de personas, en relación a la explotación sexual (art. 411 quáter).

Publicado en: Notas, Politica Etiquetado como: Bancada DC, Comisión de Constitución, iniciativa legal, legislador, Matías Walker, parlamentario

Buscan endurecer requisitos para que condenados por homicidio opten a beneficios

agosto 8, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

El diputado Miguel Ángel Calisto, anunció la presentación de un proyecto de ley para que las personas que hayan sido condenadas por homicidio simple no puedan acceder a beneficios carcelarios hasta cumplir al menos dos tercios de su condena.

Esto ante las repercusiones que ha tenido el homicidio de Ámbar Cornejo a manos de una persona que estaba gozando de libertad condicional tras cumplir sólo 11 años de una condena de 27 años por el asesinato de su ex pareja y su hijo.

El proyecto, que modifica el Decreto de Ley que establece libertad condicional para personas condenadas a penas privativas de libertad, además establece que el informe elaborado por Gendarmería será vinculante, por lo que si un condenado quiere optar al beneficio, el informe tiene que ser favorable y no presentar reparos ante la posibilidad de reinserción del condenado, tal como sucedió en el caso del asesino de Ámbar, cuyo informe no recomendaba otorgarle libertad condicional el año 2015.

Según el legislador, “lamentablemente acá falló la justicia el año 2005, cuando a Hugo Bustamante se le condenó por homicidio simple y no calificado. Esto significó que el fiscal a cargo del caso no pudo acreditar alevosía, premeditación u otras circunstancias específicas. Desde ahí partimos mal, a lo que se le suma el criterio de la comisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que lo dejó acceder a la libertad condicional a pesar de un informe de Gendarmería que no lo recomendaba”.

“Soy un convencido que un homicida de estas características no debe tener ningún tipo de beneficio carcelario. Sin embargo, el homicidio simple, que fue el delito por el cual se le condenó, tiene una tipificación tan amplia qué existen diversas hipótesis de mayor o menor intensidad que quedan incluidas en la misma figura”, agregó.

Calisto detalló que la iniciativa apunta a que “quienes sean condenados por homicidio simple, deban cumplir al menos con dos tercios de su condena y además contar con un informe de Gendarmería favorable para poder optar a la libertad condicional”.

“Con esta modificación al código penal, una persona como el asesino de Ámbar no habría quedado en libertad a sólo 11 años de haber entrado a la cárcel. Tendría que haber cumplido al menos 18 años de su condena de 27”, añadió.

En la misma línea, el parlamentario explicó que “con este proyecto estamos estableciendo que el informe entregado por Gendarmería tenga más peso al momento que un juez determina los beneficios carcelarios. Si Gendarmería a través de sus peritos no recomienda la libertad condicional, entonces no hay acceso a este beneficio”.

Publicado en: Notas, Politica Etiquetado como: Bancada DC, congresista, diputado, Diputados DC, femicidio, Gendarmería, iniciativa legal, legislador, Miguel Ángel Calisto, parlamentario

Senadoras presentan proyecto que permite a beneficiarios de pensión alimenticia solicitar el retiro del 10% de las AFP de su deudor

julio 31, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

Según ElDesconcierto.cl, “sin duda que este proyecto también ayuda a abrir una conversación a un tema mucho más profundo y que nos preocupa, que es la falta de disposiciones legales efectivas, en orden de que se garantice el pago de un derecho que es básico para los niños y niñas de nuestro país”, manifestó la senadora Yasna Provoste (DC), una de las parlamentarias que respalda esta iniciativa.

El proyecto busca que el alimentario, o su representante legal, pueda solicitar el retiro de fondos del 10% de las AFP del deudor de la pensión alimenticia, aunque ellos no quieran hacer efectivo dicho retiro.

La propuesta fue presentada por las senadoras Isabel Allende (PS), Yasna Provoste (DC), Adriana Muñoz (PPD), Ximena Órdenes (Ind) y Carmen Gloría Aravena (RN).

“La moción parlamentaria que hemos presentado junto a la senadora Isabel Allende, es en defensa de los niños y niñas que son víctimas de una presión y una violencia que muchas veces los padres quieren ejercer sobre sus madres. No podemos normalizar que solo un 16% de los padres estén al día con la pensión de alimentos”, expresó Yasna Provoste, miembro de la Comisión de Mujer y Equidad de Género de la Cámara Alta.

[Te puede interesar]: Abogadas feministas sobre numerosas pensiones impagas que devela retiro del 10% de las AFP: “Es violencia económica en la esfera íntima”
Asimismo, la parlamentaria DC explicó que “a raíz de la autorización que la Reforma Constitucional nos ha permitido, que es autorizar el retiro de hasta un 10%, se estableció también la posibilidad de retener los montos de pensiones alimenticia adeudadas; y esto dejó al descubierto una realidad que es muy preocupante y es que uno de cada cinco alimentantes cumple con su obligación de proveer alimento a sus hijos e hijas”.

“No puede ser que en Chile un deudor le tenga más miedo a una casa comercial, al banco, que a la justicia que le ordena pagar una pensión de alimentos; es por eso que hemos presentado esta Reforma Constitucional, que esperamos pueda no solo evitar que se siga ejerciendo una violencia psicológica a las madres, sino cumplir con el derecho de los niños y niñas, que es tener una alimentación por parte de sus padres”, sentenció Provoste.

Reforma Constitucional

En lo sustancial, el proyecto de Reforma Constitucional el derecho a la madre, o a la cuidadora de un menor beneficiario de una pensión de alimentos, de solicitar -vía judicial- el retiro el 10% de las AFP del alimentante, para que así –con parte de esos fondos- se ayude a cancelar las deudas derivadas de esta compleja realidad.

“Sin duda que este proyecto también ayuda a abrir una conversación a un tema mucho más profundo y que nos preocupa, que es la falta de disposiciones legales efectivas, en orden de que se garantice el pago de un derecho que es básico para los niños y niñas de nuestro país”, manifestó la senadora Yasna Provoste.

Publicado en: Notas, Politica Etiquetado como: iniciativa legal, No más AFP, oposición, Pensión alimenticia, Proyecto de Ley, retiro del 10%, Senadores, Yasna Provoste

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