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A reconstruir la centroizquierda

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Profesora

Corte ordenó a AFP girar el total del fondo de pensiones a profesora jubilada

junio 18, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección interpuesto por María Angélica Ojeda González y ordenó a la AFP Cuprum S.A. pagar a la recurrente el total de los fondos de capitalización individual.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Virginia Soublette Miranda y el abogado (i) Fernando Orellana Torres– acogió la acción cautelar tras establecer el actuar arbitrario de la AFP al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados durante los años trabajados como docente.

La profesora cotizó entre 1987 y 2017, y en su último año laboral recibió un sueldo de $ 1,2 millones, sin embargo, su pensión no supera los $ 185 mil mensuales.

El fallo establece que “no puede concluirse que exista sensatez o medidas adecuadas en el Sistema de Pensiones respecto de una trabajadora que a la luz de las cotizaciones efectuadas que equivalen nada menos que al 10% de su remuneración, durante dieciocho años, no le permitan una jubilación suficiente para sufragar su crédito hipotecario, manteniendo sí, el lucro de las Administradoras de Fondos de Pensiones como también el de Bancos e Instituciones financieras para adquirir una vivienda”,

También se agrega que “la decisión de no devolver los fondos para lograr pagar el crédito hipotecario y adquirir la vivienda, se torna arbitraria en las circunstancias concretas de este conflicto”.

Asimismo, se sostiene que “la única medida racional desde que aún se desconoce con exactitud el monto de la capitalización individual a partir de la cual genera los beneficios estatales de pensiones solidarias, no es más que disponer la devolución de los fondos, sin perjuicio de que el organismo administrativo en el futuro, le otorgue una pensión mínima que surja de la solidaridad y que no impida superar la crisis económica y doméstica que sufre actualmente”.

Finalmente, se ordenó a Cuprum S.A., dentro del décimo día hábil, tras ejecutarse la sentencia, “proceder a girar la suma de dinero que a esa fecha represente la totalidad de los fondos de capitalización individual que tenga en su cuenta la recurrente, quedando sin efecto la pensión de vejez y sin perjuicio de la decisión de los organismos administrativos para el otorgamiento de una pensión mínima solidaria, si procediere”.

Cabe recordar que Ojeda, profesora de Antofagasta, había recurrido al Tribunal Constitucional (TC) para poder retirar sus fondos previsionales. No obstante, el TC había negado su requerimiento de forma unánime.

Publicado en: Notas, Politica Etiquetado como: Antofagasta, Corte de Apelaciones, María Angélica Ojeda González, No más AFP, Profesora, retiro de fondos

Piñera busca influir en la decisión del Tribunal Constitucional para impedir que profesora de Antofagasta retire parte de su fondo de pensiones para pagar un hipotecario

noviembre 7, 2019 by Admin Istrador Deja un comentario

Esta tarde, el Presidente Sebastián Piñera, junto a sus ministros de Trabajo, María José Zaldívar, y de la Secretaría General de la Presidencia, Felipe Ward, enviaron un escrito contundente al Tribunal Constitucional (TC) con observaciones para solicitar que este impida a profesora de Antofagasta retirar parte de sus fondos de pensiones para pagar un crédito hipotecario.

Recordemos que la educadora, María Ojeda, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta (que fue acogido por este y que luego derivó al TC) para solicitar el retiro de sus propios fondos. Esta medida fue impulsada por la «Coordinadora No+AFP», y el caso lo envió el Tribunal de alzada al TC, a través de un requerimiento de inaplicabilidad, en el que pide su pronunciación y se argumenta que el decreto Ley 3.500 -que estableció el actual sistema de AFP- se contrapone a derechos constitucionales como el derecho a la propiedad.

La educadora ganaba cómo profesora más de un millón de pesos y se pensionó con $180 mil y fracción. Es decir, pasó a ser pobre.

Ella estima que son recursos de ella legítimos acumulados en más de 30 años de trabajo, por eso los reclamó en la AFP Cuprum, que le negó esta opción. En Chile, rige el sistema previsional de capitalización individual. Si existiera un modelo de reparto, que sí velaría por la seguridad social, al ser recursos de todos, tal vez sería menos probable que el TC acoja su solicitud. Ella, y muchos pensionados han hecho lo mismo y han recurrido al Tribunal de alzada.

¿Escrito opinante?

Lo curioso, es que el Ejecutivo usa el argumento de defender «el derecho de seguridad social» , justamente, para opinar en contra de Ojeda y de quienes han interpuesto esta acción legal.

De acuerdo con el Gobierno, en su réplica, si los afiliados a las AFP retiran los fondos de pensiones «se afectaría grandemente el derecho a la seguridad social».

“Finalmente tales afiliados, una vez utilizados los fondos rescatados desde sus cuentas de capitalización individual, con el objeto de solucionar necesidades inmediatas, reclamarán pensiones del Estado, que éste no podrá financiar a través del Pilar Solidario, atendido que nuestro Sistema de Pensiones, parte de la base en que existe un piso autofinanciado por los fondos de pensiones”, dice el escrito.

En la misma línea, se sostiene que si se accediera a la devolución de fondos, como lo quiere Ojeda, se permitiría que todos los afiliados pudiesen recurrir a las AFP para hacer retiro de sus mismos recursos.

“Aquello implicaría poner a los actores en una situación única y especial distinta a la de los demás afiliados al Sistema de Pensiones, los que evidentemente y por disposición de las normas aplicables al asunto, no pueden hacer retiro de sus fondos previsionales, creando a su respecto una nueva situación que permitiría entonces que todos los afiliados al Sistema de Pensiones efectuaran la misma solicitud y en consecuencia el retiro de los fondos solicitados”, dice el texto.

En la misma línea, aseguran que permitir el retiro “contrariando las normas establecidas a ésta, implicaría que esta cotización pierda sentido y, por otro lado, no permitiría que el Estado cumpla su rol asignado por el artículo 19 N°18 de la Constitución Política de la República, que es garantizar la seguridad social“.

Así, el documento señala que acoger el requerimiento de la recurrente obligaría a dar mayor preponderancia al derecho de propiedad (19 N°24) por sobre el derecho a la seguridad social (19 N°18), ambos consagrados en la Constitución.

“Forzosamente esta Magistratura tendría que declarar, respecto de los actores, una circunstancia nueva, generadora de una situación jurídica no contemplada en la legislación, cual es autorizar el ejercicio libre de las facutlades de uso, goce y disposición, desconociendo el destino que el legislador le ha dado a los Fondos de Pensiones y con ello, todas las normas reguladores del Sistema Previsional chileno”.

El TC acogió a trámite el caso el 24 de septiembre pasado y se encuentra a la espera de su resolución y la Corte de Apelaciones de Antofagasta deberá falla luego de ese pronunciamiento.

En La Fontana, entrevistamos al diputado Gabriel Silber (DC), quien criticó a Piñera en su afán obsesivo de defender el modelo hasta las últimas consecuencias.

«Creemos que Piñera y el Gobierno insisten en defender el modelo y el sistema de AFP, cuando hubiéramos esperado mayor apertura al retiro parcial de los fondos de los cotizantes, propuesta que puede surgir como iniciativa legislativa o, por el contrario, que se permita una vía oblicua por parte del TC, y está contestación de Piñera bloquea esa posibilidad», dijo a nuestro medio el legislador. //ELF

*Ver la contestación del Gobierno:

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Publicado en: Notas, Politica Etiquetado como: legislador, Ojeda, Profesora, Sebastián Piñera, TC, Tribunal Constitucional

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