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César Olivares

Papelón electrónico de la licencia médica

enero 25, 2021 by Admin Istrador Deja un comentario

Por César Olivares Formas, doctor

El Reglamento de Autorización de Licencias Médicas -que data de 1984- ha sido modificado y, a partir del 1 de enero es obligatoria la emisión electrónica de dichas licencias, lo cual ha generado serios problemas tanto a instituciones como a profesionales de la salud.

Estas dificultades están relacionadas, básicamente con las deficientes capacidades tecnológicas tanto de los proveedores del sistema (sólo dos y privados), como de las instituciones de salud, tanto estatales como privadas, lo que genera fallas constantes en el sistema, que se acentúan más en las postas rurales y/o zonas alejadas del territorio nacional.

Ante esta situación, la respuesta de las empresas proveedoras del sistema no sólo ha sido lenta, sino también, en muchos caso, nula, pues los profesionales que han solicitado adscribirse a este servicio reciben una comunicación automática de: “nuestros ejecutivos de venta se comunicarán contigo a la brevedad” y esa comunicación nunca llega.

Otro de los obstáculos con que se encuentran, tanto los profesionales como las instituciones, están asociados a las bases de datos que contienen las huellas digitales, tanto de ellos como de los pacientes y unido a estos problemas, se reportan además inconvenientes con la compatibilidad con los sistemas operativos, como el de Macintosh así como los de los sistemas de salud de la Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad ya que no están incorporados a esta modalidad de emisión.

Un ejemplo de proceso de informatización exitoso, es el sistema de “Digitalización de Recetas” que, sin dudas, ha facilitado la prescripción de medicamentos en tiempos de pandemia, que incluye hasta los psicotrópicos y estupefacientes, incorporando las tecnologías adecuadas para compatibilizar a los diferentes actores involucrados tales como: médicos prescriptores, usuarios y químicos farmacéuticos, bastando una conexión a internet, Clave Única y la inscripción de éstos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud.

Esta experiencia, sin embargo, no ha sido tomada en cuenta en la modificación para hacer obligatoria la emisión de la licencia electrónica pues, no cabe duda de que, para que el sistema funcione, deben estar incorporados todos los actores involucrados, siendo los empleadores, pieza clave en este engranaje.

Esta deficiencia se manifiesta claramente en el siguiente análisis:

Si el empleador no está “informatizado” (adscrito al sistema), la licencia es emitida electrónicamente pero con copia en papel, enviada por correo electrónico, para luego, en las contralorías, ser transformada en electrónica nuevamente. Estas licencias son catalogadas con el eufemismo y anglicismo de “semifull”, cuando su traducción,  perfectamente válida en español  es: licencia electrónica de papel.

A pesar de todos los problemas señalados, esta modificación es de obligatorio cumplimiento para los emisores, entonces: ¿Por qué no es de obligatorio cumplimiento  para todos los participantes del sistema?

El resultado de estas decisiones apresuradas y sin ningún sustento tecnológico y adecuado desarrollo de infraestructuras y servicios que permitan su aplicación eficiente y ordenada, ha generado que se siga usando la licencia de papel, hasta tanto sean solucionados los problemas mencionados. Para ello se proporcionará un talonario anual a cada profesional que se enfrente a las fallas del sistema, incluido, y que ya se ha señalado, la dificultad con la huella dactilar y otras excepciones.

Nuevamente estamos frente a una decisión absurda en tiempos de pandemia, que mantiene y perpetúa la alternativa frente a lo dispuesto legalmente, por la improvisación y falta de una estrategia que incorpore a todos los involucrados en el sistema. 

Cabe entonces preguntarse:

¿Por qué si, según las autoridades responsables de este tema y las estadísticas presentadas demuestran que la emisión electrónica ha aumentado año a año, llegando el 2020 a 5.300.592, ahora se hace obligatoria esta forma de emisión a pesar de ser la forma mayoritaria de emisión?

Es obligatorio entonces emitir licencias tanto electrónicas como de papel, o sea, estamos sencillamente frente a un papelón electrónico.//ELF

Publicado en: Columnas, Notas, Politica Etiquetado como: César Olivares, columinista, columna

¿Salud o dinero?: Dilema de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales

enero 20, 2021 by Admin Istrador Deja un comentario

Por Dr. César Olivares Formas 

El Reglamento de Autorización de Licencias Médicas -que data de 1984- ha sido modificado y, a partir del 1 de enero han entrado en vigencia esos cambios. Considerando que el contexto de su aplicación es en la actualidad muy diferente a la época en que se originó, es muy positiva su actualización y modernización; no obstante, hay que observar con detenimiento, cuánto perjudica y/o favorece a los trabajadores.

Una trascendente modificación dice relación con que a las licencias médicas de los trabajadores que sufran un accidente de trabajo o una enfermedad profesional no se les aplicará el mencionado reglamento y será la Superintendencia de Seguridad Social, la que impartirá las instrucciones para su tramitación y autorización, entregando estas facultades, a los Administradores del Seguro de la ley Nº 16.744, entre ellos, al Instituto de Seguridad Laboral.

Este instituto, que vendría a ser la mutual del Estado de Chile, y cuya misión es “otorgar Seguridad y Salud Laboral a empleadores/as, adheridos/as y trabajadores protegidos”, cuenta con un Subdepartamento de Contraloría Médica que, según la información recabada, se encargará, a través de sus médicos contralores, del análisis, procesamiento y autorización de estas licencias, cuyo objetivo como contralores es “generar acciones tendentes a la focalización y control del gasto en prestaciones de salud asociados al tratamiento y licencias médicas de los afiliados al Instituto de Seguridad laboral”.

Esta modificación implica un cambio radical no sólo en el rol que desempeñaban las contralorías de las Compin e Isapres en materia de accidentes y enfermedades laborales, sino también en la concepción del reposo laboral en el país.

De: “ejercer el control técnico de las licencias médicas” y “fiscalizar el ejercicio legítimo del derecho a licencia médica” que es el rol fundamental de estas instituciones, pasamos ahora a la concepción de focalizar y controlar el gasto de las prestaciones y el subsidio por incapacidad laboral, función que cumplirán los médicos contralores del Instituto de Seguridad Laboral, lo que significa el aumento del rechazo de las licencias médicas y la disminución de los tratamientos médicos que corresponden, por derecho, a los trabajadores afectados, ya sea, como se ha planteado, por accidentes del trabajo y/o enfermedad profesional.

Las experiencias en materia de rechazo de licencias han sido nefastas y dolorosas para los trabajadores, justo en el momento que requieren de una situación económica estable que les permita afrontar con éxito la recuperabilidad laboral.

Por otra parte, los contralores médicos de las Isapre y de Compin, cuando rechazan o modifican una licencia médica sin justificación que respalde su resolución, con o sin expresión de causa, pueden ser denunciados por el afiliado afectado a la Superintendencia de Seguridad Social y, de resultar comprobados los hechos, se les aplicarán sanciones que en el caso de los contralores de las Compin, son sometidos a sumario administrativo, pudiendo, inclusive, ser destituidos de su cargo de acuerdo a lo señalado en la ley Nº 20.585.

Cabe preguntar: ¿Qué medidas de control le serían aplicables a los contralores de los organismos administradores del Seguro de la ley 16.744 cuando incurran en conductas como la descrita?

¿Quién garantiza la protección de la salud de los trabajadores cuando sean rechazadas las licencias para disminuir el gasto en este subsidio?

¿Habrá contralores de distintos tipos y cómo responderán ante la ley?

No cabe duda que, de esta manera, se intenta legalizar una aspiración de quienes creen que se gasta demasiado en la salud de los trabajadores.

Así es muy difícil construir un país moderno, civilizado y democrático.

Es insoslayable que la nueva Carta Magna considere los derechos de los trabajadores por lo que el Reposo Laboral deberá ser un derecho garantizado constitucionalmente.//ELF

Publicado en: Columnas, Notas, Politica Etiquetado como: César Olivares, columna, Columnas

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