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En la Fontana

A reconstruir la centroizquierda

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Patricio Herman

Reconsa y Besalco: Las constructoras que deben asumir los costos de edificar en las dunas

septiembre 6, 2023 by Admin Istrador Deja un comentario

Por Patricio Herman

Presidente de la Fundación Defendamos La Ciudad

Para entender todo lo que hay detrás de la venta de las dunas de Concón es necesario tener en cuenta varios antecedentes, incluyendo esta entrevista efectuada en El Mostrador y el contenido en la edición del 31 de agosto de 2023 de El Mercurio de Valparaíso, en donde se da cuenta de una escritura de compraventa suscrita el 24 de septiembre de 1979 por Renato Gazmuri Schleyer, en representación de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares (posteriormente Instituto de Normalización Previsional, INP) y Francisco Soza Cousiño, representante de la Constructora Neut Latour Ltda., y Edmundo Pérez Yoma y Francisco Figueroa Serrano, representantes de la Constructora Edmundo Pérez Ltda.

El primero, hoy fallecido, era hombre de confianza de Pinochet y, por ello, fue vicepresidente de la Corfo. Los dos siguientes fueron ministros de gobiernos de la Concertación. Ambas empresas privadas se transformaron posteriormente en la Sociedad Urbanizadora Reñaca Concón S.A., conocida en el mundo inmobiliario como Reconsa.

Por cierto, dicha escritura fue sistemáticamente negada a Defendamos la Ciudad, en las diversas ocasiones en que la solicitó, tanto al Instituto de Previsión Social (IPS, continuador del INP), como al Consejo de Defensa del Estado (CDE) y, oh sorpresa, al propio Consejo para la Transparencia (CPLT). Ante ese inaceptable secretismo, fue necesario obtenerla en el Archivo Judicial.

A través de la suscripción de la escritura que mencionábamos antes, dichos privados privilegiados se hicieron dueños de las llamadas dunas de Concón y en tal sentido recomendamos conocer, para entender el negocio, el Informe Jurídico del 02 de marzo de 1994 suscrito por el abogado Pedro Pierry, del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). En este documento público se lee que en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) de Viña del Mar se inscribieron diferentes terrenos a nombre de Reconsa, con un total de 750 hectáreas, entre 1980 y 1982.

El objetivo de la transacción comercial del año 1979, con la cual el Estado redujo el patrimonio de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares, era para que los elegidos por ese régimen pudieran concretar en esos terrenos lucrativos negocios inmobiliarios y, por ello, para posibilitar las inversiones, el gobernante de la época, Pinochet, instruyó a su ministro de Vivienda, el general de la FACH Jaime Estrada Leigh, para que sobre ese territorio natural se pudieran construir edificios aislados en altura libre, fijada solo por la rasante. Ello se materializó con la publicación del 17 de diciembre de 1980 en el Diario Oficial del Plan Regulador Comunal (PRC) de Viña del Mar; es decir, un año después de la firma de la aludida escritura.

El edificio Kandinsky lo construyó la empresa Besalco, en un loteo ejecutado por la empresa Reconsa, una de las beneficiadas con la venta directa del año 1979. Ese lote fue aprobado entre los años 2005 y 2007, Rol 3120-1, por el director de obras municipales (DOM) subrogante, Fernando Durán, ya que el DOM titular, Julio Ventura, estaba suspendido por la autoridad municipal superior. El respectivo permiso de edificación se otorgó el año 2011 y la recepción final es del 10 de septiembre de 2013. Este edificio, con riesgo latente en su estabilidad, tiene 34 viviendas, 87 estacionamientos y 34 bodegas.

Es de toda lógica que las construcciones que se ejecutan en terrenos arenosos con pendientes (sobre todo cuando estas sean de 30 grados o más) deben ser edificadas en forma aterrazada, asunto que las autoridades competentes de la Región de Valparaíso tendrán que revisar en la ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, como en el instrumento normativo regional Premval, cuyo contenido tiene mayor jerarquía que el PRC de Viña del Mar.

Finalmente, sería asaz improcedente que, con fondos públicos, es decir, con los impuestos que pagan todos los chilenos, el MOP ejecute las necesarias obras reparatorias para que los dueños y arrendatarios de ese edificio puedan habitarlo próximamente, ya que los causantes del estropicio fueron dos actores privados.

En nuestra opinión, Reconsa y Besalco tendrán que asumir ese costo, recordando que, con motivo del socavón contiguo al edificio Kandinsky, se conformó una Comisión Investigadora en la Cámara de Diputados, a cuyos miembros les decimos que, si desean ejercer correctamente sus atribuciones fiscalizadoras, revisen muy bien los artículos 45 y 47 del Premval, conociendo además la escritura de compraventa del año 1979, el informe jurídico del abogado Pedro Pierry y las inscripciones de los terrenos de Reconsa en el CBR de Viña del Mar. //ELF

*Columna aparecida en ElMostrador.cl

Publicado en: Columnas, Notas, Slider Etiquetado como: columna, Columnas, Columnista, Defendamos la ciudad, Patricio Herman, socavón, Viña del Mar

Solución para que los trabajadores vuelvan a sus labores en suspendido proyecto de Ñuñoa

abril 17, 2022 by Admin Istrador Deja un comentario

 

 

 

 

Por Patricio Herman

Fundación Defendamos La Ciudad 

La opinión pública ya tiene conocimiento que, como consecuencia de un fallo del Segundo Tribunal Ambiental, por 9 votos contra 2, la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) de la región metropolitana de Santiago, dejó sin efecto una anterior Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que tenía el proyecto inmobiliario, de 4 torres habitaciones y de oficinas de 32 pisos c/u, llamado Egaña Sustentable de la empresa Fundamenta, actualmente paralizado por decisión del fondo de inversión Frontal Trust.

Los miembros de la CEA que votaron a favor de la empresa, fueron Arturo Farías, director (i) del Servicio Evaluación Ambiental (SEA) y Rocío Andrade, Seremi de Vivienda y Urbanismo.

Pues bien, el 14 de abril de 2022, la empresa titular del megaproyecto comunicó a la prensa, ver link:

https://www.df.cl/fundamenta- anuncia-despido-de- trabajadores-de-obra-en-nunoa- tras-rechazo?utm_source=email& utm_medium=email&utm_campaign= Lo+Leido_14042022&utm_content= Link_Nota

La empresa Fundamenta anuncia despido de trabajadores de obra en Ñuñoa tras rechazo de nuevas autoridades

La inmobiliaria Fundamenta –controlada por el empresario Pablo Medina- acaba de anunciar el despido de todos los trabajadores de su proyecto frente a Plaza Egaña en Ñuñoa. Esto se da luego que, el pasado 4 de abril, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana -presidida www.df.cl

La empresa desvinculó a los 350 trabajadores que allí se desempeñaban y que, para tal objeto, según El Mercurio, lo hizo mediante una carta enviada a la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, con copia a los ministros de Hacienda, Economía y Vivienda y Urbanismo. Nos extrañó sobremanera que tal misiva no fuera con copia a la ministra de Medio Ambiente, pues la paralización de faenas es consecuencia directa del ejercicio de funciones de la institucionalidad ambiental.

Ante esta situación, hemos sabido que la alcaldesa de Ñuñoa, Emilia Ríos, ha invitado a los dueños de este proyecto que lo replanteen, en orden a reducir su altura y constructibilidad, conforme a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y como la empresa ha manifestado que tiene la mejor disposición para solucionar el intríngulis, es indispensable que su dueño le pida una entrevista a la alcaldesa para llegar a un acuerdo satisfactorio para las partes, en los términos expresamos en dicha OGUC.

En efecto, el artículo 5.1.18 de ese reglamento de la ley respectiva contempla modificaciones a los permisos otorgados que no cuenten con recepción de obras, cuando hay cambios en la regulación urbana y al respecto, cita textual en lo que importa: “el propietario podrá solicitar acogerse a las nuevas disposiciones (…) se tramitará una modificación al respectivo proyecto (…) siempre que la modificación no contemple un aumento de superficie edificada mayor al 5%”.

Es decir, la norma de carácter nacional, si bien impide construir más del 5% de los 178.802,94 m2 considerados en el permiso de edificación N° 296 del 12/10/18, admite disminuir el volumen del proyecto. Teniéndose en cuenta que el actual Plan Regulador Comunal (PRC) de Ñuñoa fija para ese terreno una altura máxima de 15 pisos y como el proyecto es un Conjunto Armónico, las alturas de las torres pueden ser de 19 pisos cada una.

Dicho lo anterior, la inmobiliaria estaría en condiciones de continuar ejecutando su proyecto, sin solicitar un nuevo permiso de edificación, sin hacer aportes al espacio público, como lo exige la actual ley, sin disponer de un Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) y sin ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Dado que la modificación del proyecto es muy sencilla, los trabajadores en breve plazo recuperarán sus empleos y en paralelo los ministros del gobierno de Boric estarán muy contentos porque el actor privado y la autoridad municipal se enmarcaron en la ley para evitar males mayores.

Finalmente, encontramos patético lo que manifestó el lenguaraz y regalón de la prensa, Juan Sutil, respecto de este asunto, ver link:

https://cambio21.cl/politica/ presidente-de-los-empresarios- juan-sutil-por-suspensin-de- obra-en-uoa-es-casi-volver-a- la-unidad-popular- 6259773faa2d7477542c10d3

El Presidente de los empresarios Juan Sutil por suspensión de obra en Ñuñoa: “Es casi volver a la Unidad Popular” – cambio21.cl

Sutil, presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), criticó duramente la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto “Egaña – Comunidad Sustentable” de la constructora Fundamenta, cuyos trabajadores ya se habían manifestado en contra de la medida. cambio21.cl

Este encumbrado dirigente empresarial, demostró una supina ignorancia al amenazar que, con la aplicación de la ley ambiental, se corre el riesgo de volver al gobierno de la Unidad Popular.

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Con una próxima Constitución de verdad: ¿Habrá impunidad para los ilegales guetos verticales?

octubre 28, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

Por Patricio Herman

Presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad

Con el amplio y categórico resultado del plebiscito, con el cual tendremos una Constitución de verdad, esperaríamos que no habrá impunidad para los avispados inversionistas. En este nuevo escenario político les compete a las más altas autoridades del Estado respetar el marco regulatorio aplicable, buscando una contraprestación o indemnización por la vulneración cometida, que justifique la no demolición de las torres y en paralelo resarcir a las familias de Estación Central cuyas calidades de vida se han deteriorado.

Recientemente la 3ª Sala de la Corte Suprema, como era su deber legal, confirmó un fallo anterior de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la pretensión de la Inmobiliaria Dalmacia que había dicho que la Contraloría General de la República carecía de atribuciones para fiscalizar su permiso de edificación para un gueto vertical, mal cursado por el Director de Obras Municipales (DOM) de Estación Central. Esta noticia tuvo bastante cobertura de prensa, sobre todo en los canales de televisión y recordemos que ya han existido otros tantos fallos judiciales similares e incluso una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que no han aceptado los reclamos de otras inmobiliarias.

Ahora bien, el 2 de enero de 2018, casi tres años atrás, publicamos en la radio Bio Bío la columna ¿Las utilidades de los ilegales guetos verticales para los inversionistas?, texto que se aprecia en link en la cual, entre otras cosas, dábamos cuenta de nuestra reunión con el directorio del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano (CNDU) haciéndoles notar a nuestros distinguidos y formales contertulios que sería verdaderamente impúdico que los dueños de estas inmobiliarias se llevaran para sus casas las utilidades que estaban obteniendo con sus negocios contrarios a derecho. La entrevista fue muy grata pero los arquitectos que nos escuchaban no mostraron ningún interés en que operara la legalidad.

En todo caso, para dejar constancia de nuestra posición a favor de la decencia en el mercado y cumplimiento de las leyes, a su presidente Luis Eduardo Bresciani, le entregamos una fundamentada carta, la que se aprecia en el tercer párrafo de la aludida columna de opinión.

Obviamente esa epístola nunca fue contestada, con lo cual se evidencia que tal CNDU es una mera institución de fachada, que no le interesa para nada el cumplimiento de la regulación urbana. Se siente cómoda solo emitiendo declaraciones grandilocuentes sobre cómo deben ser las ciudades ideales, pero nunca refiriéndose a las ciudades reales donde vivimos, ni menos criticando las malas prácticas detectadas en el sector.

En razón a que disponemos de un listado oficial de fecha 23 de junio de 2017 referido a 73 permisos de edificación con agrupamiento continuo, cursados a partir del año 2013 y 30 anteproyectos, algunos de los cuales sus titulares optaron por desistirse, debemos tener presente que en el cuadrante donde se construyeron esas elevadas torres habitacionales con diminutas celdas que se arriendan en el mercado, mayoritariamente a extranjeros, se regía por las restrictivas normas de edificación contenidas en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Santiago, habida cuenta que la comuna de Estación Central creada por Pinochet se sustentó, para la tramitación y emisión de este tipo de permisos, con las regulaciones urbanísticas de las comunas colindantes existentes en aquella época, una de las cuales era Santiago.

Los primeros en reclamar por los perjuicios que les ocasionaban las faenas de construcción fueron los tradicionales vecinos de Estación Central y, como el alcalde Rodrigo Delgado nunca los escuchó, fueron a denunciar la situación ante el Seremi de Vivienda y Urbanismo, ante el Intendente Metropolitano, Claudio Orrego, y ante la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). El primero analizó la situación con la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu, el Intendente Orrego los atendió regularmente bien, y fue quien les puso el nombre de guetos verticales a dichas torres. La SMA, como habitualmente procede, no se interesó en el asunto a pesar de los daños ambientales que ocasionaban tales edificios, algunos de los cuales llegaron al Tribunal Ambiental.

Suponemos que, para saltarse la restrictiva regulación del sector, entre otras disposiciones, altura máxima 8 metros, se urdió la ingeniosa fórmula de considerar que, no habiendo normas en esa comuna, para las construcciones con agrupamiento continuo sus alturas eran las que decidía discrecionalmente cada arquitecto proyectista y por ello hay torres con 35 y más pisos con 800 y hasta 1.000 habitáculos por cada una de ellas.

Para sustentar nuestro aserto de que sí había regulación en el sector, cabe recordar que la comuna de Estación Central fue creada el 1° de febrero de 1985, formándose por la escisión de territorios de las comunas de Santiago, Maipú, Pudahuel y Quinta Normal. En cada uno de los territorios heredados de otras comunas, también se heredaron las regulaciones de los respectivos PRC, con excepción de la comuna de Quinta Normal que, en aquella época, no tenía un PRC.

Los guetos verticales se concentran en aquella parte del territorio heredado de la comuna de Santiago, regido por el antiguo PRC de Santiago, que existía a la fecha de la creación de la comuna de Estación Central, conformado por el Plano Oficial de Urbanización de la comuna de Santiago N° 1.541 aprobado mediante DS N° 3.850 (Interior), de fecha 31 de julio de 1939, y por la Ordenanza Local de Edificación para la comuna de Santiago aprobada mediante DS N° 4.716 (Interior), de fecha 12 de septiembre de 1939, y sus modificaciones, contenidas en el DS N° 245 (Minvu), de 2 de mayo de 1967. Todo esto es conocido por la institucionalidad ad hoc.

Aquella regulación urbanística, como ya lo dijimos, limitaba la altura máxima de la edificación a solo 8 metros, es decir, 3 pisos, acorde con las características del barrio residencial del sector, en donde la mayor parte de la vialidad está conformada por calles con calzadas de sólo 6 metros de ancho. Con semejante restricción, durante 29 años nunca prosperaron proyectos inmobiliarios de altura, es decir, en el período desde la creación de la comuna en el año 1985, hasta el año 2014. Pero de noche a la mañana, empezaron a aparecer los famosos guetos verticales con altísimas densidades que, en algunos casos, superaron los 15.000 habitantes por hectárea, enfrentando vías sumamente estrechas.

¿Qué ocurrió?

El Seremi de Vivienda de Bachelet II convalidó la tesis de que la comuna de Estación Central carecía de un PRC, y por ello, había chipe libre para construir, es decir, no había restricción de altura máxima, ni de coeficiente de constructibilidad, ni de ocupación de suelo, ni densidad, ni nada. Al no haber ninguna restricción urbanística, ni siquiera lo relativo al sistema de agrupamiento de las edificaciones, surgieron los proyectos que se acogieron a la edificación continua, es decir, sin distanciamiento alguno hacia las propiedades vecinas.

Para justificar semejante argucia interpretativa, el mencionado Seremi de la época decía que el antiguo Seccional Alameda Poniente, con equivocada toma de razón del contralor Osvaldo Iturriaga en dictadura, del antiguo Plan Intercomunal de Santiago (PIS), había “derogado” el PRC de Santiago, vigente para Estación Central, y luego, dicho seccional fue derogado, a su vez, por el actual Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), quedando con todo ello, sin norma alguna para toda esa parte del territorio urbano comunal.

Semejante tesis interpretativa carece de todo sentido jurídico porque, en primer lugar, un Plan Regulador Intercomunal nunca ha tenido la facultad para aprobar un plan seccional, prerrogativa que sólo tenía y tiene un municipio cuando carece de un PRC, de conformidad a lo establecido en el artículo 46 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). En segundo lugar, un seccional no puede derogar un PRC, con lo cual dicha rebuscada interpretación carecía de verdadero sustento jurídico.

Pero cuando los guetos verticales hicieron crisis en el año 2017, el Minvu concluyó que las torres con agrupamiento continuo, no existiendo un PRC, por lo tanto, no estando fijada la altura máxima, no era posible aplicar esa disposición urbanística regulada en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), lo que quedó a firme en la Circular DDU 313 de ese ministerio y consecuentemente se ratificó que estaban mal aprobados todos los permisos otorgados por la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Estación Central.

La totalidad de los intervinientes, públicos y privados, sabían que la comuna de Estación Central había heredado los PRC de las comunas de origen, entre ellos, el correspondiente al PRC de Santiago. Quienes no podían saber lo anterior eran las comunidades de Estación Central por la sencilla razón de lo intrincado que es este asunto.

Se acredita lo mencionado precedentemente, cuando la Municipalidad de Estación Central, con ocasión de la Modificación N°1, del PRC de Santiago, del año 2014, vigente para Estación Central, aludió a la existencia y vigencia de tal instrumento de planificación comunal, al igual que luego se volvió a reconocer la existencia de tal PRC de Santiago, con ocasión de la Modificación N° 2, del año 2017, suscrita esta vez, por la Ministra de Vivienda Paulina Saball.

Así las cosas, en el año 2017 se interpusieron múltiples denuncias ante la Contraloría General de la República por parte de los vecinos de esa comuna y por la fundación Defendamos la Ciudad. Las inmobiliarias también expusieron sus particulares puntos de vista ante el órgano fiscalizador, argumentando buena fe y presuntos derechos adquiridos, dejándose en claro que la Contraloría aceptó la curiosa tesis de la ausencia de un PRC en esa zona de Estación Central.

Con los 2 dictámenes de la Contraloría que ordenaron al municipio la invalidación de los permisos de edificación de las torres y la paralización de obras de aquellas que se estaban levantando, la fundación Defendamos la Ciudad, solicitó al Estudio Jurídico Osorio Vargas que tomara la causa de los vecinos, en calidad de terceros coadyuvantes, lo que aceptó con singular buena onda, pues lo hizo con rigor profesional y absolutamente ad honorem. En las instancias judiciales, con sólidos argumentos, se rebatieron los razonamientos de las inmobiliarias.

La historia ya se conoce, pues los titulares de los proyectos sistemáticamente han perdido en la Justicia y resaltamos que los únicos concejales que apoyaron en sus demandas a los vecinos fueron Felipe Muñoz (ex PS) y Felipe Zabala (PC), el resto de los concejales siempre mantuvieron un sospechoso silencio, comportamiento que invita a sacar conclusiones ciertamente non sanctas.

Sobre este asunto y como derivación del reciente fallo de la Suprema, el viernes 23 de octubre el arquitecto Ives Besancon, de la Asociación de Oficinas de Arquitectos, que agrupa a la élite de esos profesiones, publicó en El Mercurio la carta “Permisos Anulados” poniendo el grito en el cielo por los dictámenes de la Contraloría y por los fallos judiciales, afirmando con sentida pena que cientos de compradores perderán su patrimonio, aludiendo a las celdas de 20 y 25 m2, ya que las torres serán demolidas, tal como lo exige la ley correspondiente.

Parece que el arquitecto no sabe que el negocio de los inversionistas de esas torres es arrendar, aprovechando las numerosas franquicias tributarias que otorga el DFL 2 de 1959 para esas unidades de alojamiento, una de las cuales es la exención del pago de impuestos por las rentas mensuales que reciben. El hombre concluyó en su sollozada carta que el único culpable en la materia descrita es el Estado que cometió errores en el sistema normativo y que, por ello, tratándose de un hecho grave, las instituciones deben darle una salida legal (sic)

La fundación Defendamos la Ciudad ya se adelantó en buscar una solución legal, la que se aprecia en link en donde se reproduce la carta del arquitecto Besancon y la comunicación enviada en noviembre del 2019 a Cristián Monckeberg, entonces flamante ministro de Vivienda, aludiendo a una reunión sostenida con él donde se le propuso la solución óptima y justa para todos, consistente en considerar compensaciones a favor de familias vulnerables. Proponíamos que, para no demoler las torres, un 20% de las unidades de viviendas de cada torre ilegal, se les traspasara a esas familias que hoy día están hacinadas en campamentos, con lo cual se estaría honrando el programa de integración social y urbana que impulsa con singular éxito el gobierno de Piñera.

A Monckeberg en principio le gustó la idea y por ello nos solicitó que se la enviáramos por escrito. Ahora quien tiene la pelota es su sucesor, Felipe Ward, quien no debiera permitir un nuevo hecho de corrupción que aprovecharán algunos privados apoyados por lobbystas y por las asociaciones gremiales empresariales de la construcción.

Veremos y estaremos atentos si el nuevo ministro Ward toma cartas en el asunto, quedando claro que los famosos guetos verticales nunca se debieron construir, pues el restrictivo PRC de Santiago traspasado al sector en donde aquellos están emplazados no lo permitía. En todo caso, con el amplio y categórico resultado del plebiscito, con el cual tendremos una Constitución de verdad, esperaríamos que no habrá impunidad para los avispados inversionistas. En este nuevo escenario político les compete a las más altas autoridades del Estado respetar el marco regulatorio aplicable, buscando una contraprestación o indemnización por la vulneración cometida, que justifique la no demolición de las torres y en paralelo resarcir a las familias de Estación Central cuyas calidades de vida se han deteriorado. Si no es la formulada a Monckeberg, puede ser otra equivalente, ya que cuando se detectan las trampas debe haber sanciones

En sentido contrario, si la clase política se niega a ejercer sus atribuciones para que la justicia opere, estaríamos ante un nuevo y millonario hecho ilegal consumado, de los miles que se han conocido en nuestro querido país.//ELF

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Por qué los presidentes no pagan contribuciones de bienes raíces

febrero 25, 2020 by Admin Istrador Deja un comentario

Está claro entonces, con esta evidencia, quea los políticos, de ambos bandos, quienes han ejercido el importante y honorífico cargo público de Presidente de la República, con el conocido ardid de no solicitar la recepción final de sus viviendas de placer que tienen en los sectores rurales o agrícolas, evitan pagar ese impuesto territorial, pues el Servicio de Impuestos Internos (SII) catastra para establecer el avalúo fiscal y dicho impuesto, para este tipo de inmuebles, solo los que le son informados por las municipalidades y los conservadores de bienes raíces. Si no tienen recepción final, en la práctica son viviendas que no existen.

Por Patricio Herman 

En ocasiones anteriores nos hemos referido a la casa de veraneo ilegal, construida a fines de la dictadura de Pinochet, que tiene el presidente Sebastián Piñera en el lago Caburgua, por la cual durante 30 años pagó a la Tesorería General de la República, conforme al avalúo fiscal determinado por el Servicio de Impuestos Internos, una insignificante y burlesca suma de dinero asociada solo al terreno rural en donde está emplazada la vivienda. Lo anterior porque ese inmueble no contaba con la correspondiente recepción final de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Pucón.

Para producir un “justo” empate, unos políticos de derecha denunciaron en la Justicia que la casa de veraneo de Michelle Bachelet, en la misma zona rural de la Araucanía tampoco pagaba ese impuesto territorial, asunto muy difundido por la prensa, aunque sabemos que, por el apremio del juzgado de Policía Local de Cunco, 9ª Región, la ex presidenta finalmente pagó su deuda.

Lo que han hecho ambos políticos es obsceno, pues ellos que fueron elegidos por el pueblo para desempeñarse en la más alta magistratura del país han debido dar el ejemplo en probidad, ética y cumplimiento de sus obligaciones tributarias. A esta fecha debemos entender que Piñera también se puso al día en su obligación tributaria y que nunca más repetirán esas malas prácticasque erosionan nuestro Estado Democrático de Derecho.

Ahora bien, recientemente Ciperchile publicó el reportaje “Ex presidente Lagos y senador Lagos Weber no pagan contribuciones por sus casas en Caleu”, ver link

Aunque el reportaje de Ciperchile no lo dice, desde el año 1997 el sector de Caleu, Provincia de Chacabuco, es parte integrante de las áreas restringidas o excluidas al desarrollo urbano definidas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y en ese sector rural están vigentes las siguientes normas:

a) Área de preservación ecológica

Artículo 8.3.1.1 PRMS

En estas áreas se permitirá el desarrollo de actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales, restringiéndose su uso a los fines: científico, cultural, educativo, recreacional, deportivo y turístico, con las instalaciones y/o edificaciones mínimas e indispensables para su habilitación.

b) Área de interés agropecuario exclusivo

Artículo 8.3.2.1 PRMS

Corresponden a aquellas áreas con uso agropecuario, cuyo suelo y capacidad de uso agrícola debe ser preservado. En estas áreas, en conjunto con las actividades agropecuarias, se podrá autorizar la instalación de agroindustrias que procesen productos frescos, previo informe favorable de los organismos, instituciones y servicios que corresponda.

Según Ciperchile la casa de placer de Lagos padre en un terreno de 5,85 hectáreas, fue construida antes del año 1997, por lo tanto la restricción aludida no operaba en su caso, aunque sí era exigible la recepción final que nunca se obtuvo. Por el contrario la vivienda de Lagos hijo no se podía construir.

Está claro entonces, con esta evidencia, quea los políticos, de ambos bandos, quienes han ejercido el importante y honorífico cargo público de Presidente de la República, con el conocido ardid de no solicitar la recepción final de sus viviendas de placer que tienen en los sectores rurales o agrícolas, evitan pagar ese impuesto territorial, pues el Servicio de Impuestos Internos (SII) catastra para establecer el avalúo fiscal y dicho impuesto, para este tipo de inmuebles, solo los que le son informados por las municipalidades y los conservadores de bienes raíces. Si no tienen recepción final, en la práctica son viviendas que no existen.

Sobre lo inmediatamente anterior, debemos dejar en claro que todos aquellos que, por falta de suficiente capital, tienen que recurrir al sistema bancario solicitando créditos hipotecarios para comprar sus casas, nunca dejarán de pagar las contribuciones de bienes raíces por la sencilla y elemental razón de que los bancos prestamistas, para iniciar la tramitación de esos créditos, exigen todos los permisos municipales de las viviendas y la plata se le entrega al vendedor una vez que sus abogados realizan unos acabados estudios de títulos. Las constructoras e inmobiliarias que venden en el mercado se comprometen ante los bancos que todos los permisos municipales existen, pues en sentido contrario las instituciones financieras no cursan los créditos.

En cambio, todos aquellos que edifican sin recurrir a los bancos, sobre todo viviendas unifamiliares de placer en sectores rurales, aprovechando el desorden institucionalizado, se pueden dar el lujo de omitir el permiso de edificación y la recepción final de la obra, con lo cual se produce una situación muy desigual. En efecto, se da la paradoja de que los que tienen dinero para pagar al contado pueden hacer trampas engañando al Estado, en cambio la inmensa mayoría de los chilenos que obligatoriamente tienen que financiar las compras de viviendas con créditos bancarios no pueden dejar de pagar las contribuciones, pues el SII ya las tendrán catastradas y por ende, con los permisos municipales de rigor.

Por último, tal como lo hemos dicho en columnas anteriores, la ley de Vivienda y Urbanismo impide la construcción de estas viviendas de veraneo en los sectores rurales, admitiéndose solo las del dueño y sus trabajadores de una actividad agrícola o las necesarias para complementar fines industriales, como también las requeridas para habilitar un balneario o campamento turístico.

Ahora esperamos que nuestros queridos políticos se pongan a la altura de las circunstancias para que nunca más se repitan este tipo de pillerías, más aún si este columnista, cuando correspondía, votó por Lagos y Bachelet.

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