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julio 14, 2020
/
Admin Istrador

Fallo condena a exagentes de la DINA por secuestro de veterinario víctima de Operación Colombo

La justicia condenó a 35 ex agentes de la DINA por el secuestro calificado del médico veterinario y militante del MIR, Juan Chacón , el 15 de julio de 1974, en el marco de la Operación Colombo, informó Terra.cl.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 35 agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del médico veterinario Juan Rosendo Chacón Olivares. Ilícito perpetrado a partir del 15 de julio de 1974, en el marco de la denominada "Operación Colombo".

En la sentencia (causa rol 419-2016), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mario Rojas, Jaime Balmaceda y Juan Carlos Silva Opazo– mantuvo la sentencia en la parte que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 13 años de presidio, como autores del delito.

Asimismo, ratificó que los exagentes: Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Gerardo Ernesto Urrich González, Ciro Torré Sáez, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Hermón Helec Alfaro Mundaca, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Olegario Enrique González Moreno, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Araneda Araneda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Manuel Heriberto Avendaño González y Hernán Patricio Valenzuela Salas deberán purgar 10 años y un día de presidio, como autores del ilícito.

Los hechos

En la etapa de investigación, el ministro en vista Hernán Crisosto logró acreditar la siguiente secuencia de hechos:

"Que en horas de la noche del día 15 de julio de 1974, Juan Rosendo Chacón Olivares, médico veterinario, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio, ubicado en calle Antonio Varas 240, de la comuna de Providencia, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), siendo trasladado al recinto clandestino de detención denominados ‘Londres 38' ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, y luego a ‘Cuatro Álamos', ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA;

El ofendido Chacón Olivares durante su estada en los cuarteles de Londres 38 y Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, siendo en el primer recinto mantenido vendado y amarrado; y sometido constantemente interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización;

La última vez que la víctima Chacón Olivares fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado de julio o agosto de 1974, sin que exista antecedente de su paradero hasta la fecha.

El nombre de Juan Rosendo Chacón Olivares apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘LEA' de Brasil, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Juan Rosendo Chacón Olivares había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros;

Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Chacón Olivares tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior".

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $100.000.000 (cien millones de pesos) a la madre de la víctima.

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