Coincidiendo con la celebración del Día Mundial del Medio Ambiente, la Bancada de Diputados DC aprobó hoy el proyecto que modifica varias normativas para proteger de mejor manera los Humedales Urbanos, estableciendo un marco legal para su cuidado. Además, establece la obligación para el Ministerio de Medioambiente de redactar un reglamento que defina los criterios mínimos para su sustentabilidad.
Así lo informaron tanto el Jefe como el Subjefe de la Bancada, Gabriel Ascencio y Daniel Verdessi, respectivamente, quienes explicaron que “el objetivo de este proyecto es proteger los humedales urbanos que han sido declarados como tal por el Ministerio de Medio Ambiente, lo que puede ser solicitado por un municipio o a lo menos dos organizaciones ciudadanas y para ello fija un marco legal para su cuidado”.
Según lo explicado por el diputado Verdessi, “se entenderá como “humedales urbanos” todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano”.
“Para asegurar esta protección, el proyecto modifica la Ley de Bases Generales del Medioambiente, para incluir a los humedales urbanos dentro de los lugares que pueden ser afectados por proyectos o actividades y que, por lo tanto, deben ser evaluados desde la perspectiva de impacto ambiental; y la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de planificación territorial”.
“Asimismo, se determina que, desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.
La iniciativa modifica la ley General de Urbanismo y Construcciones, en materia de planificación territorial. Entre otros puntos, se dispone que todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural. No podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción, salvo que estos estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.
Verdessi precisó tras la votación que “los humedales son ecosistemas ricos en diversidad biológica y en su mayoría, albergan especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias, que no encuentran refugio en otros ambientes y que escogen este hábitat por sus características singulares. Esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen, siendo ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos. Se les conocen también como los «riñones de la tierra”, por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales”.






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