Luego de una jornada bastante aciaga para la Comisión de Sistemas de Conocimiento, que vio cómo eran rechazadas en general 17 de las 30 artículos contenidos en su informe, el Pleno de la Convención continuó votando en particular las propuestas emanadas de esa comisión. De todas las que se votaron este viernes, se aprobaron 7 artículos, destacando la aprobación del artículo 8 por 141 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones.
¿De qué se trata esta norma? Pues que “toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información, tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio en que hubiese sido emitida. La ley regulará el ejercicio de este derecho con pleno respeto a la libertad de expresión”.
Otro artículo aprobado fue número 18, que consagra el derecho al acceso “a la conectividad digital y a las tecnologías de la información y comunicación, con pleno respeto de los derechos y garantías que establecen esta Constitución y las leyes”, misma aprobación que consiguió un párrafo del artículo 19, que refiere a que “el Estado tiene la obligación de superar las brechas de acceso y uso de participación en el espacio digital”.
También fue aprobado el artículo 12, que establece que “el Estado promueve, fomenta y garantiza el acceso, desarrollo y difusión de las culturas, las artes y los conocimientos, atendiendo la diversidad cultural en todas sus manifestaciones”. Lo mismo para el artículo 13, que consagra que “los pueblos y naciones preexistentes tienen derecho a obtener la repatriación de objetos de cultura y de restos humanos pertenecientes a los pueblos”.
Este jueves, en cambio, fueron rechazados 17 artículos por problemas de redacción, o bien una redacción ambigua, o bien por inconsistencias de fondo y, en algunos casos, por ser muy específicas, toda vez que una de ellas apuntaba a dar reconocimiento constitucional al artista callejero.






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