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enero 4, 2021
/
Admin Istrador

Propuesta constitucional: Una república democrática de trabajadores

Por Roberto Avila Toledo

Abogado

Una Constitución es la ley suprema de la nación y sus objetivos fundamentales son definir, organizar el Estado y establecer los derechos y deberes de los ciudadanos. El abogado Roberto Avila Toledo, que no es candidato a la constituyente, sí tiene una propuesta constitucional, la que se puede conocer en estas páginas.

DEFINICIONES FUNDAMENTALES.

1.- Chile es una República Democrática de Trabajadores. El trabajo es el valor supremo de la nación y de los ciudadanos, nadie será sancionado por ejercerlo y el Estado hará cuanto le sea posible por garantizarlo, protegerlo y exigirlo.  El derecho al Trabajo está asociado a la sindicalización que será unitaria por rama y obligatoria este derecho incluye las fuerzas armadas.

2.- Los Derechos Humanos son parte esencial del Estado de Chile.

3.- Los chilenos son iguales en dignidad y derechos no se establecerá diferencia alguna en base razones políticas, sexuales, religiosas, étnicas o de cualquier otra índole.

4.- Son chilenos todos los que tengan voluntad de destino común con nuestra nación. Son chilenos los hijos de chilenos donde quieran que hayan nacido y los que no lo sean de nacimiento podrán optar luego de 10 años de residencia y trabajo en el país.

5.- El Estado de Chile propenderá a las formas más intensas de colaboración con la comunidad internacional y especialmente con América Latina respecto de la cual se promoverá la mayor unidad continental.

6.- El no acatamiento generalizado y sistemático de la Constitución concede a los ciudadanos el derecho a la rebelión.

7.- El Estado de Chile es unitario y sus actuales fronteras sólo pueden alterarse vía plebiscito y sin que se reduzcan en sus dimensiones.

8.- Las riquezas naturales del país serán explotadas por el Estado de Chile y no podrán ser privatizadas, sólo se podrán establecer concesiones por plazo no superior a 20 años y con plebiscito habilitante. Toda explotación o concesión privada cesará con la dictación de esta constitución especialmente las mineras de aguas u otras de semejante naturaleza.

DERECHOS CIUDADANOS

1.- Todo ciudadano tiene derecho a ejercer sus derechos Humanos que son los establecidos en la declaración universal de los Derechos Humanos de la ONU de 1947 y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Como simple enumeración de estos derechos, no taxativa, se deben considerar: el derecho a la vida, el debido proceso y la presunción de inocencia, el derecho a la propiedad privada en todas sus formas especialmente cuando deviene del trabajo propio, el derecho a entrar y salir del país, el derecho a la libertad de expresión, el monopoliio de los medios de comunicación no será permitido se entenderá por tal cuando esté controlado pr menos de 10 grupos de interés, a vivir en un medio ambiente limpio, el derecho a la educación pública y democrática que el Estado garantizará de acuerdo al mérito personal y gratuitamente a nivel básico secundario y universitario esta educación pública coexistirá con la educación privada para quienes opten por ella, el derecho a la vivienda que se ejercerá garantizado por el Estado y con la contribución del ciudadano en la medida de sus posibilidades la existencia de personas viviendo en situación de calle se considerará notable abandono de deberes del alcalde e y gobernador respectivo, el derecho a la salud que será gratuita y universal y que coexistirá con la salud privad para quienes opten por ella, existirá un sistema público y otro privado de pensiones de libre elección, ambos se constituirán con un aporte tripartito de trabajador, empresa y Estado, existirá iniciativa popular de ley.

Toda colusión de grandes empresas con posición dominante en un mercado de productos esenciales como alimentos, medicinas o servicios básicos en perjuicio de los ciudadanos se considerará para los efectos de prescripción y sanción como crimen de lesa Humanidad. De igual manera se considerará el fraude o evasión tributaria que supere los 30 sueldos mínimos. El delito de prevaricación de los jueces y fiscales será también considerado crimen de Lesa

Humanidad a estos efecto del Estado

Los poderes del Estado a nivel constitucional serán cuatro: El poder ejecutivo, el legislativo, el judicial y la Asamblea Nacional de los Ciudadanos. Todos quienes integren estos poderes en su nivel superior serán elegidos por voto popular y estarán sujetos a plebiscito revocatorio. Estos poderes son independientes en su función y se rigen en lo administrativo por el ejecutivo.

La Asamblea Nacional Ciudadana funcionará por un mes al año y definirá y orientará los rumbos estratégicos del país, será integrado por todos los sectores de la vida nacional: trabajadores, empresarios, profesionales, militares, científicos, filósofos, estudiantes, artistas, deportistas etc… Sus acuerdos son orientaciones y diseños que no reemplazan la labor del legislativo, ejecutivo y judicial sino que analizan y piensan nuestra sociedad con perspectiva estratégica.

Las fuerzas armadas se subordinan al ejecutivo. Las Fuerzas armadas se componen de la fuerza profesional y de la Guardia Nacional dirigida por la primera y compuesta de voluntarios. La doctrina de las fuerzas armadas y de la policía es democrática, respetuosa de los derechos humanos y coherentes con los propósitos del ejército de la Independencia. El ejército sólo podrá entrar en Santiago con autorización del Senado, todo integrante que incite a un golpe de estado contra el Estado Democrático será condenado a muerte. Existirá una escuela de formación única en cada una las ramas, no existirá tope en la carrera militar o policial.//ELF

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