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septiembre 4, 2020
/
Admin Istrador

Coquimbo: Migrante no será expulsado del país tras recurso de amparo del INDH

La Corte de Apelaciones de La Serena, acogió la acción constitucional interpuesta por la sede regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Coquimbo, en defensa de un ciudadano colombiano y sus dos hijos. De esta forma, quedó sin efecto la orden de expulsión que había dictado el Departamento de Extranjería y Migración, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

El migrante colombiano llegó a Chile en el año 2015 y solicitó una visa sujeta a contrato de trabajo, petición que fue rechazada por registrar antecedentes penales en su país de origen. El amparado, fue condenado en 2012 como autor del delito de hurto en Colombia, y ya cumplió su pena, luego de 30 meses en prisión. Actualmente, vive junto a su cónyuge y dos hijos, de nueve y un año, en la región de Coquimbo. La situación migratoria de toda la familia es regular, y la menor de sus hijos es chilena.

Según la Corte de Apelaciones, “desde que el amparado ingresó al país –en el año 2015- este ha registrado una conducta ajustada a la ley, sin anotaciones prontuariales u otra circunstancia que dé cuenta que su permanencia en el territorio nacional es perjudicial o contraria a los intereses de la nación, lo que conduce a estimar que hoy, con los antecedentes apuntados, la decisión de expulsión carece de la debida proporcionalidad que requiere toda decisión discrecional de la autoridad administrativa y, por ende, de la justificación necesaria que le de sustento”.

Para la jefa regional del INDH de Coquimbo, Tarcila Piña, “ordenar la expulsión del ciudadano colombiano, por un delito que cometió hace 10 años, y respecto del cual se encuentra extinta su responsabilidad penal, carece de la debida proporcionalidad, ya que es un doble castigo”.

En su fallo, la Corte de Apelaciones de la Serena además planteó que esta medida de expulsión “no resulta proporcional. Y, en este sentido, expresa que no es posible desatender las circunstancias sociales y familiares del amparado, las que demuestran un arraigo familiar y social que necesariamente debe ponderarse a la luz no solo de nuestra Constitución Política, sino también del derecho internacional que en diversos instrumentos protege la familia”.

Finalmente, Tarcila Piña, jefa regional del INDH de Coquimbo, aseguró que “el ciudadano colombiano ha demostrado que la reinserción social es posible. Ha logrado formar una familia, contrajo matrimonio bajo la ley chilena, tiene 2 hijos insertos en nuestra sociedad con residencia permanente, y ha realizado labores remuneradas, lo que demuestra su arraigo familiar y social que debe ponderarse a la luz de la Constitución Política de la República y el derecho internacional de los derechos humanos. Por eso, valoramos que la Corte de Apelaciones haya acogido el recurso y evitado su expulsión.

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